Procedimiento para donaciones a entidades españolas desde otros países
Simplificamos la aplicación de la fiscalidad y el cumplimiento normativo internacional
Las donaciones a fundaciones en Europa, están sujetas a la legislación de cumplimiento normativo y fiscal tanto del país del donante como del país del beneficiario.
El procedimiento a seguir cuando España es país de destino de donaciones internacionales es diferente en función de cuál sea el país de origen de las donaciones:
- Si es uno de los 19 países europeos cubiertos por Transnational Giving Europe (TGE), el proceso es más sencillo. TGE es una red de fundaciones de referencia, una en cada uno de los principales países europeos. Presentamos el procedimiento a continuación.
- En caso de otros países, depende de la normativa del país en cuestión.
Alta como fundación beneficiaria de donaciones internacionales
El punto de partida es que la entidad beneficiaria sea una entidad reconocida como de utilidad pública.
A partir de ahí, debe cumplimentar la documentación que van a requerir en el país del donante para que se pueda acoger a su fiscalidad local, y enviarla a la Fundación Empresa y Sociedad para su aprobación.
Se trata principalmente del TGE Grant Eligibility Application Form (GEAF) y de los documentos habituales en cualquier país (en inglés siempre que sea posible, idioma oficial común de TGE):
- Escritura de Constitución.
- Estatutos.
- Alta en el registro de fundaciones o en el de utilidad pública (en el caso de asociaciones) .
- Informe Anual.
- Cuentas anuales más recientes.
- Lista de Patronos, con fechas de nacimiento, nombramiento y plazo de mandato.
- Certificado de la AEAT sobre aplicación durante el año en curso del régimen fiscal para entidades sin fines lucrativos.
- Certificado de titularidad de la cuenta corriente a la que enviar los fondos y copia de un extracto bancario reciente donde se vea el titular y el número de cuenta.
- Si los fondos se van a transferir a otro país, indicar si la entidad tiene una oficina allí o si transfiere los fondos a otra organización (este es un punto que suele requerir más información).
A veces puede ser necesario enviar documentación complementaria según la legislación concreta en algunos países.
Tras la aprobación de una entidad como beneficiaria
A continuación:
- Una vez validada la documentación por la Fundación Empresa y Sociedad, el miembro de TGE del país de la entidad beneficiaria reenvía la información a los miembros de la red de los países en los que el beneficiario indica que tiene donantes.
- Una vez validada la entidad beneficiaria en un país, ella misma indica cómo proceder a sus donantes allí.
- El miembro de TGE recibe la donación, la reenvía al beneficiario y emite el certificado fiscal.
- Además de los gastos bancarios, los costes por donación unitaria son:
- Para donaciones inferiores a 100.000 euros, 5% del importe de la donación.
- Para donaciones superiores a 100.000 euros, dado que los procesos de due dilligence e información tanto a autoridades fiscales como de antiblanqueo de capitales son más complejos, se aplica un 5% a los primeros 100.000 euros y los siguientes porcentajes adicionales para el exceso:
- 4% para el exceso entre 100.000 y 250.000 euros,
- 3% entre 250.000 y 500.000 euros y
- 2% entre 500.000 y 2.000.000 euros.
- 1% para el exceso de 2.000.000 euros.
- Coste mínimo de 50 euros por donación mediante transferencia (certificado emitido).
Este coste es, en cualquiera de los casos anteriores, una donación que se distribuye entre TGE y sus miembros en los países de origen y destino de la donación. Su objetivo es apoyar la filantropía internacional en general, y ayudar a cubrir costes directos como los del equipo administrativo, la tecnología o la información y la atención a las autoridades normativas.
Sobre protección de datos y cumplimiento normativo
La Fundación Empresa y Sociedad está clasificada e inscrita en el Registro de Fundaciones de Competencia Estatal por Resolución de 7 de septiembre de 1995 con el número de registro asignado 455, una inscripción que conlleva el reconocimiento del interés general de sus fines.
Está sujeta a diversas normativas nacionales e internacionales, entre ellas las de supervisión de su actividad, de carácter fiscal y de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
Su CIF es ES-G81230872.
La Fundación Empresa y Sociedad aplica políticas de diligencia debida para donantes y beneficiarios, incluyendo controles reforzados en casos de mayor riesgo. Estas medidas permiten identificar a las partes implicadas, verificar el origen de los fondos y conocer quién controla las organizaciones. Siempre que es posible se realizan de forma electrónica, aunque en algunos casos puede requerirse documentación adicional conforme a la normativa vigente.
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